- El reembolso de las prestaciones eventualmente pagadas por el beneficiario solo podrá efectuarse con la presentación a PEUGEOT ASSISTANCE de las facturas originales de los gastos de hotel, boletos de autobús o avión, siempre en el límite de condiciones enunciadas y previa autorización y visto bueno de PEUGEOT ASSISTANCE. En caso de no proceder de esta manera, PEUGEOT ASSISTANCE no reembolsará los gastos que se hubiesen originado. Asimismo, no será abonada ninguna indemnización compensatoria fuera de las condiciones indicadas anteriormente, en contrapartida a prestaciones previstas que hayan sido utilizadas por los beneficiarios.
- El vehículo de sustitución se presta, es decir se entrega en comodato, de acuerdo con las condiciones generales informadas por el arrendador y, en todo caso, en el entendido expreso que el préstamo de uso se pacta y cede en el único y exclusivo beneficio del comodatario.
Asimismo, el préstamo de uso se pacta especialmente en cuanto a: firma de voucher de tarjeta de crédito bancaria personal por garantías deducible, pago del concepto de Tag por uso de autopistas concesionadas como monto fijo diario, edad mínima requerida, permiso de conducir vigente y topes kilométricos.
- En todo caso, para tener derecho a cualquiera de las prestaciones enumeradas anteriormente, el beneficiario deberá ponerse en contacto con PEUGEOT ASSISTANCE, a efecto de solicitar los servicios incluidos en la misma y en el sentido expreso que deberá contar con su acuerdo previo.
-No serán cubiertos como prestación, y por lo tanto no serán objeto de reembolso los gastos de restaurantes, teléfonos, combustible, peajes y estacionamiento.
- Falta de combustible o una rueda pinchada no están incluidos dentro del listado de prestaciones cubiertas por este servicio.
- Cuando el siniestro fuese causa de practicas deportivas, picadas, prácticas o competencias prohibidas o actividades delictivas.
- Los eventos ocurridos por: la falta de mantenimiento del vehículo, descuido del conductor, trafico fuera de los caminos y carreteras oficiales, no están cubiertos por este servicio.
- Asistencias cuando el beneficiario se encuentra bajo la influencia del alcohol o narcóticos.